El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) sesionó de manera urgente y sin previo aviso para resolver el Juicio de Protección a los Derechos Político Electorales presentados por José Luis Toledo Medina; los magistrados resolvieron de manera unánime confirmar el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) por el que se rechaza la candidatura del abanderado de la coalición Frente Por Quintana Roo en el municipio de Benito Juárez.

El Juicio de Protección presentado por José Luis Toledo se acumuló con el presentado por la coalición Por Quintana Roo al Frente integrada por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano, toda vez que se inconformaron por el acuerdo del Ieqroo.

Dentro del proyecto de acuerdo presentado por la magistrada Nora Cerón, se consideró infundada la queja de los partidos por el que se consideran exagerados cinco años de residencia para la candidatura, dado que se trata de lo establecido constitucionalmente, el acuerdo además cita como infundado la petición de los partidos de invalidar las pruebas presentadas por Emiliano Ramos Hernández, pues se reconoce el derecho del ciudadano a hacer valer derecho de participación.

No obstante, el Teqroo reconoce que el Ieqroo debió otorgar 48 horas a la coalición para presentar la documentación pertinente de modo que acreditara su residencia, aunque por otra parte determina infundada la queja de que se violó el derecho de audiencia de Toledo Medina, el Teqroo consideró que Toledo Medina no reunió los requisitos de elegibilidad, pues no presentó pruebas documentales suficientes.

 

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