·       Once ciudadanos cumplen los requisitos de ley para ocupar un espacio en el Consejo Consultivo del IDAIP.

Chetumal, Quintana Roo. – La Comisión de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria de la XVI Legislatura, aprobó el dictamen que contiene la relación de las 11 personas que cubrieron los requisitos legales al cargo de consejeros consultivos del Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Quintana Roo (IDAIP).

En sesión celebrada este lunes en la sede del Congreso del Estado, los integrantes de dicha comisión reanudaron la verificación del contenido de la documentación de las propuestas presentadas para dichos cargos, así como para constatar el cumplimiento o no de las prevenciones realizadas.

Del análisis efectuado, se determinó que las y los ciudadanos que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 68 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo para ocupar el cargo de consejeros consultivos del IDAIP, son: Marcos Basilio Vázquez, Elena Isabel Mújica Silva, Carolina Mendoza Polanco, Edmundo Ortiz Romero, Juan Miguel Jiménez Duarte, María Elena Ortegón Ojeda, David Cortés Olivo, Adolfina Guadalupe Fraz Ek, Margarita del Rosario Vázquez Barrios, Marybel Ramírez Ceballos y Daniela López Azueta. 

El dictamen se remitirá a la presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, para que valore su integración como asunto para atenderse por el Pleno de la Legislatura para que, con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, realice la elección de los cuatro consejeros del Consejo Consultivo del IDAIP, los cuales tendrán el carácter honorífico y durarán en dicho encargo 4 años.

La relación de los nombres de las 11 personas que satisfacen los requisitos establecidos en la ley, se publicarán en los estrados del Poder Legislativo para conocimiento de la ciudadanía para que, en caso de conocer alguna causa o hecho de responsabilidad imputable a alguno de los aspirantes, pueda hacerlo del conocimiento a esta soberanía popular mediante escrito dirigido a la Comisión de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria, a partir de este momento y hasta antes que concluya el procedimiento de designación.

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