A la opinión pública:
Ante los señalamientos dolosos que circulan en redes sociales sobre un permiso de circulación vehicular, esta Dirección aclara de manera tajante lo siguiente:
PRIMERO.- Es facultad legal de los Ayuntamientos otorgar permisos de circulación vehicular. No es una concesión, es una atribución reglamentaria cuando el ciudadano cumple los requisitos.
SEGUNDO.- En el caso del vehículo Suzuki modelo 2022, al momento de realizar la búsqueda en Plataforma México NO arrojó reporte de robo vigente. Con ese sustento legal y técnico, se expidió el permiso. No hubo irregularidad alguna por parte de esta autoridad.
TERCERO.- Obra en nuestros archivos expediente completo con documentación legítima: copia de la factura, INE del solicitante. Esta Dirección no falsifica ni inventa documentos, recibe y valida lo que el ciudadano presenta.
CUARTO.- El conflicto de fondo es un presunto fraude y abuso de confianza entre particulares por la compra-venta del vehículo, asunto que NO es competencia de Tránsito Municipal. Aún así, por responsabilidad institucional, coadyuvaremos con la fiscalia en el presente asunto para la busqueda de la verdad y el esclarecimiento de los hechos, reiterando nuestra disposicion como autoridad y nuestra nula aceptación de hechos constitutivos de delito.
Se deja en claro: El Ayuntamiento no es responsable de actos de mala fe cometidos entre particulares. Nos apegamos al Reglamento de Tránsito vigente.
Para evitar actos similares, se endurecerán de inmediato los requisitos para todo permiso vehicular.
ATENTAMENTE
Dirección General de Seguridad Pública, Tránsito y Bomberos
H. Ayuntamiento de Felipe Carrillo Puerto 2024-2027


